abril 18, 2024
Información del mundo sindical

Los Traslados Inconsultos

Por; Erick Graell López  Ciudad de Panamá  10/ 01 / 18

jefes exigentesEl  Artículo 197ª, del Código de Trabajo contempla la movilidad del trabajador, o sea su traslado a otros centros de trabajo de la empresa a nivel nacional, siempre y cuando que la movilidad sea horizontal, en el mismo puesto y las mismas condiciones de trabajo, jamás podrá desmejorarse el trabajador en posición o económicamente.

Esta situación se da  en nuestro sector en las cadenas de Farmacias, pero los trabajadores de mayor antigüedad tienen contratos individuales que fijan el centro de trabajo donde laboran y son de carácter indefinido, por lo que las Empresas han optado para evitarse problemas hacen contratos individuales a los nuevos trabajadores, señalando de salida que pueden ser movilizados a cualquier centro de la Cadena donde sean requeridos.

Estas movilizaciones en algunos casos han beneficiado a los trabajadores, ya que trabajadores que laboraban en la ciudad capital aceptaron ser trasladados a Chiriquí u otra provincia o áreas porque son oriundos de las mismas, otra situación se da cuando las empresas ofrecen aumentos de salarios porque necesitan de esa experiencia laboral y profesional, entonces ocurre una negociación.

Hasta allí pareciera no haber problema,  pero la tendencia ahora es la imposición, por lo que los empresarios deciden los traslados en sus oficinas refrigeradas sin tomar en cuenta la situación real de los trabajadores, demostrando con ello que no les importa la situación personal y  familiar de sus trabajadores.

Hay compañeros y compañeras que están estudiando, tienen sus hijos matriculados en un área específica, sus esposas o esposos laboran también en el área, no entienden que con esos cambios inconsultos afectan al trabajador  a su familia, es inhumano hacer esos traslados sin tomar en cuenta a los trabajadores.

La parte económica ni la toman en cuenta, ya que si el traslado significa más dinero, la empresa debe cubrirlo, y debe garantizar vivienda si varía de provincia, así como el  traslado de la familia.

El SEFAS  hace un llamado a los empresarios para que no abusen de los derechos de los trabajadores, con sus medidas arbitrarias violan la constitución Nacional, el Código de Trabajo, así como los Derechos Humanos.

 

 

 

 

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