abril 24, 2024
Información del mundo sindical

Farmacias en protesta permaneceran cerradas el 15 de agosto.

Por: Lic. Victor Collado – Ciudad de Panamá

El Derecho a Paro de la empresa privada

Así como huelga es la paralización de labores por decisión de los trabajadores en su afán de mejorar las condiciones de trabajo que los empresarios se resisten conceder, el derecho a Paro o el llamado «Lockout», ocurre cuando las empresas deciden cerrar, por decisión propia, sus centros de trabajo.
En Panamá existieron ambos derechos a nivel Constitucional
A partir de la Constitución de 1972 (art. 64) se eliminó el derecho a Paro que estableció la Constitución del 46 en su art .68, lo que significa que desde hace 50 años en Pmá. no existe el derecho a Paro.
El punto viene a propósito porque los empresarios de farmacias se niegan a cumplir con el descuento del 30% que el gobierno decretó para la venta de medicamentos y han anunciado el cierre de sus establecimientos a partir de hoy, 15/8.
Sea que en esta ocasión tengan o no razón, el Paro patronal anunciado equivale a subvertir el orden legal porque al cerrar sus negocios lo hacen sin base jurídica.
Contrario a la huelga en donde no hay garantizado el derecho al salario, en el Paro el salario de los trabajadores deben ser pagados en su integridad por mandato expreso del art. 34 del C.T.
Pero aparte de ese efecto, qué consecuencias habría para los empresarios en rebeldía?
Tienen ellos el derecho de no cumplir disposisiciones legales con las que no están conforme?
Si fuera el caso (altisimamente probable) que no les pase nada a los empleadores que vayan a Paro, ese procedente serviría, por ejemplo, para que los trabajadores hagan huelga cuando el gobierno no ajusta el salario mínimo para que cubra las necesidades normales de un hogar?
Si el gobierno persiste en no congelar el precio de los medicamentos, los obreros tendrían motivo para irse a huelga?
Sea exitoso o no el llamado a Paro, la decisión de los empresarios debe ser cuidadosamente examinada por la importancia de ese antecedente y por el santo bendito del respeto y vigencia de la institucionalidad del país, cuya estabilidad no puede quedar a la discreción de los actores sociales.

---
Que la información llegue a tus bases. Email Marketing Sindical ¡Consultanos hoy mismo! www.monagrillo.net

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *