Sobre los puntos tratados en citación que hizo el SEFAS a la empresa Laboratorios Farmacéuticos S.A., en el MITRADEL, sobre la cláusula No. 4 que se refiere a las personas responsables para impartir las ordenes deben ser los jefes inmediatos o directamente el gerente general o por una persona designada por este. En la cuál actualmente hay personas no autorizadas que quieren impartir ordenes y hasta querer amonestar a los trabajadores.
Los trabajadores reclaman que la administración de la empresa le comunique por escrito cuales son las designadas para estas funciones.
La Empresa aduce que ella no tiene porque comunicarle nada a los trabajadores, que esa es una decisión administrativa de ella. la Empresa fue representada por el Lic. Jorge De La Cruz, que se comprometio a llevar la reclamación de los trabajadores para buscar una salida a esta problemática.
El otro punto tratado en dicha cita fue sobre la cláusula No. 25 del Convenio Colectivo sobre la línea telefónica para uso de los trabajadores en casos de emergencias. La Empresa tenia una línea telefónica en Departamento de envase y de la noche a la mañana lo quito y cuando los trabajadores se les llama por alguna emergencia no se da el mensaje. en este caso la Empresa por intermedio del Lic. Manuelito Ortiz, se comprometio a instalar dicha línea teléfonica.
Que la información llegue a tus bases. Email Marketing Sindical ¡Consultanos hoy mismo! www.monagrillo.net