marzo 29, 2024
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Asegurado conoce tus derechos según la ley 51, ley organica de la caja de seguro social del 27 de diciembre de 2005

Según el capitulo VII, de la reforma hecha con la Ley 51 de 27 de Diciembre de 2005, sobre el financiamiento de la Caja de Seguro Social, a partir del próximo año se incrementa la cuota obrero patronal, tanto para trabajadores, como para los empleadores según el Articulo 101, que establece lo siguiente  Recursos de la Caja de Seguro Social.   para cubrir los gastos de administración que demande la gestión administrativa de la Institución y las prestaciones de los Riesgos de Enfermedad y Maternidad y de Invalidez, vejez y Muerte estarán constituidos por los siguientes ingresos

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35 comentarios en «Asegurado conoce tus derechos según la ley 51, ley organica de la caja de seguro social del 27 de diciembre de 2005»

  1. porque a los pensionados hay cierta quincenas que demoran hasta 19 dias para pagarnos a los demas empleados no le demoran esta tiempo porqur razon

    1. Tengo 49 años y más de 300 cuotas pagadas asegurada directa veo solo préstamos hipotecarios a parte de eso hay algún otro beneficio cómo otro tipo de préstamos

  2. definitivamente es un problema administrativo de la CSS, por eso es que estamos formando un SINDICATO de jubilados y pensionados, ya que las asociaciones existentes se están quedando cortas.

    1. Con (20) años de cotizaciones usted a acumulado un sesenta por ciento (60%)del salario promedio de los mejores diez (10) años de su vida laboral y como mujer debe tener la edad de 57 años para tener este derecho.

      Ejemplo:
      Si salario promedio de los mejores diez (10) años es de quinientos balboas (B/: 500.00) x 60% = Trescientos balboas (B/. 300.00, con la edad de 57 años.

  3. Hola tengo 35 años y deseo retirar mis cuotas del seguro social ya que no sé si eso es posible, ya que puedo seguir pagando mi cuotas desde 0 como si nunca halla trabajado.

  4. Dios le bendiga ante todo y que la paz de nuestro señor Jesucristo este con vosotros,
    Era para preguntarles yo trabaje dos años en una empresa y queria saber si puedo retirar un procentaje hasta que vuelva a ser contribuyente de nuevo.Dios les bendiga

  5. El padre de mis hijos muere en el mes de junio del 2015, dejándolos huérfanos a los 17 años, solicito una Pensión de Sobreviviente ante la Caja de Seguro Social, la cual se les paga retroactivamente en el mes de noviembre de 2015, sin embargo, en el mes de febrero del año siguiente 2016, mis hijos completan los 18 años, y automáticamente la Caja de Seguro Social, deja de acreditarles la Pensión de Sobreviviente. Sin embargo, mis hijos, inician sus estudios universitarios en la Universidad Tecnológica, de Panamá, obteniendo altos índices académicos. Les pregunto que trámites tengo que realizar ante la Caja de Seguro Social de Panamá, para que les sigan pagando la Pensión de Sobreviviente que su papá les dejó, si sólo dependen de ello.Me han informado que ellos tienen derecho a que se les siga pagando la Pensión por estar estudiando provechosamente hasta los 25 años.

  6. SALARIO PROMEDIO ULTIMOS 10 AÑOS= 1940.00

    edad a la que quiere acorgerse a jubilación: 60 años (2 años anticipada)

    ¿Cuál es el monto de la pensión?

  7. SALARIO PROMEDIO ULTIMOS 10 AÑOS= 1940.00
    AÑOS DE COTIZACION 43 AÑOS COMPLETOS.
    edad a la que quiere acorgerse a jubilación: 60 años (2 años anticipada)

    ¿Cuál es el monto de la pensión?

  8. Me pensione anticipadamente a los 60 años. Mi pregunta es, mi esposa es jubilada tiene derecho a los $20.00 que la Caja del Seguro social otorga por ley para su conyugue?

  9. Tengo 59 años, tengo 216 cuotas pagas, a los 60 años las puedo retirar ? O tengo que esperar hasta los 62 años ?

    1. tiene que completar 240 cuotas para tener derechos a jubilación por parte de la Caja de Seguro Social..
      si a los 62 años no completado las cuotas de 240.. puede solicitar el retiro de las cuotas que ha pagado.

  10. Dios bendiga es q deseo saber si una persona pago algunas cuotas pero no puede trabajar mas. Xq no s puede retirar las cuotas pagas si en fin son d el.

  11. Entiendo que sólo se permite hasta el 50% de la jubilación. Si los descuentos bancarios que tengo con un Banco local excede ese porcentaje. 1) Que regula ese control y 2) a quien debo reclamar para que el descuento no sea mayor del 50%?

  12. Hola veo q aqui muchas personas hacen la misma pregunta q me estoy haciendo Yò ahirita pero Nunk las responden……Mi inquietud es la siguiente Quiero retirar Mí dinero cotizado durante los años q trabaje ya no meninteresa jubilarme tengo problemas en este momento y deseo retirar mi dinero digame q tengo q hacer tengo 45 años y dos alos fuera del pais.Ese dinero es mio por favor ayudeme y orienteme en lo q tengo q hacer ?????

  13. Con el Fallo de la Corte Suprema de Justicia del 28 de septiembre de 2007, EN la EMPRESA PRIVADA los trabajadores también tienen derecho a quedarse trabajando…y lo pueden liquidar sin haber cobrado de la planilla de C.S.S

  14. buenas noches soy estudiante de la universidad de Panamá una pregunta de la ley 51 que articulo usted cree que es necesario reformarlo o anexar a esta ley.

    me despido cordialmente en espera de su comentario

  15. Buen dia si yo tengo 21 años de pagar seguro y tengo 7 meses sin trabajo el css no me podria dar o autorisar un documento para poder see atendido en unas de esta entidades o bueno retirar mus cuotas
    Muchas
    Gracias

  16. Esta muy bien, hay mafia en el seguro, en la forma como las cooperativas ladrona se confabulan para meterle descuentos a los ya jubilados a bases de intereses grandes. Mencionando con nombre y apellido Coopeduc. Con sumas tan exorbitante, que ningún banco te la presta ni auque tengas un seguro después de muerto

  17. Necesito una craneotomia…no estoy laborando hace mas de un año…como puedo retirar mis cuotas tengo alrededor de 130 cuotas y 38 @ños..necesito mi dinero.

  18. El es mi papá pero yo le pregunto si él tiene el derecho de la cuota que pago en el 1972 que trabajo por un año en una compañía ,yo soy el hijo ahí le dejo mi correo electronico

  19. Hola. Soy extranjero y estoy afiliado y laborando desde octubre 2015,mi contrato se termina en octubre 2019 puedo retirar los aportes de jubilación correspondientes ya que viajo a mi país definitivamente? Mi edad 60 años. Mil gracias

  20. Buenas tengo 48 años de edad y solo pague 3 años y medios pague pague 42 cuotas hoy en día trabajo independiente podré retirarla ala edad que tengo o puedo seguir pagando deje de pagar como a los 30 grasias

  21. Buenas tengo otra pregunta cuando una persona fallece ala edad de 57 años y a estado sobregirado de las cuotas por qué sus hijos no deberían de recibir algún porcentaje de las cuotas aunque un hijo tenga la mayoria de edad y no esté enfermo y la esposa también falles por qué ellos se quedan con la plata de la persona que trabajo todo una vida para mantener a sus hijos no debería tiene que ver ley para esto también grasias

  22. si cumplo 62 años el 29 de juniode2022, y se toman los diez mejores salarios, y noto que mis mejores 10 años son los últimos, de que fecha tomaran esos diez 10 años, del 29 de junio de 2022 hacia atrás, me explican..

  23. Que tal tengo 56 años de edad y asta el momento no he podido encontrar un trabajo q m acepten con esta edad ya tengo las cuotas pagas es más sobre girado como puedo retirar mis cuotas pagadas porq a esta edad asta cumplir 62 es difícil Llgar gracias

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